include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36222
Fecha: 2012-11-23
Carátula: BANCO BANSUD S.A. C/ GOMEZ José Maria S/ EJECUTIVO
Descripción: intimación
General Roca, 23 de noviembre de 2012.s-
Agréguese el informe bancario.-
Intímese a la empleadora a dar cumplimiento con el embargado de sueldo ordenado en autos mediante oficio 790 y que fuera recibido el 21.06.2012 según constancia de fs. 69 y vta., en el término de cinco días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 399 del C.P.C.
Para su cumplimiento, líbrese oficio con transcripción del citado artículo.-
Sin perjuicio de lo ordenado precedentemente, líbrese oficio en los términos del artículo 400 del CPCP, a Oriente Construcciones SA-E.C.A.SA, U.T.E., a fin de que informen sobre lo requerido en el punto I.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro