Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0882/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-21

Carátula: ZAPANA CLAUDIA AIXA ALEJANDRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: SENT. B.L.S.G. CONCEDIDO

JUZGADO CIVIL, COM. y MINERIA Nº 3

I CIRCUNSCRIPCION

AUTO INTERLOCUTORIO:

FOLIO:

SECRETARIA UNICA

Viedma, noviembre de 2.012.-

Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "ZAPANA CLAUDIA AIXA ALEJANDRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" Expte. n° 0882/2012; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 12/14 compareció la sra. Claudia Aixa Alejandra Zapana, por derecho propio, solicitando se le otorgue el beneficio de litigar sin gastos, atento que debe iniciar juicio de filiación contra el sr. Heraldo Damián Meza y no posee recursos económicos suficientes para costear los gastos que el juicio demanda. Ofreció prueba, fundó en derecho y concretó su petitorio.-

Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial corresponde otorgar el beneficio de litigar sin gastos a quien careciera de recursos suficientes para solventar los gastos que le demanda la defensa judicial de sus derechos.-

Que del informe del Registro de la Propiedad Inmueble obrante a fs. 34 surge que la peticionante no posee bienes a su nombre.-

Que en las declaraciones obrantes a fs. 6/11 y sus ratificaciones efectuadas a fs. 39, 40 y 38, respectivamente los testigos son contestes en afirmar que la peticionante no cuenta con los recursos necesarios para hacer frente a los gastos del juicio principal, situación que es corroborada con lo que surge del recibo de haberes obrante a fs. 5.-

Que atento las pruebas rendidas y el objeto perseguido con la petición, corresponde hacer lugar a lo solicitado, a los fines de la tramitación del juicio de filiación contra el sr. Heraldo Damián Meza.-

Por lo expuesto y lo establecido en el art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial,

RESUELVO:

I.- Conceder el beneficio de litigar sin gastos, hasta que mejore de fortuna a CLAUDIA AIXA ALEJANDRA ZAPANA, para la tramitación del juicio de filiación contra el sr. Heraldo Damián Meza.-

II.- Imponer las costas a la peticionante y regular los honorarios profesionales de la Dra. Vanesa Sale en la suma de $ 726 (3 jus) -art. 9 y cc L.A.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

III.- Regístrese, protocolícese, notifíquese y expídase testimonio y/o copia certificada de la presente.-

Rosana Calvetti

Juez

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