Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 30594IV

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-21

Carátula: RUBILAR Eudes S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: Autorización

//neral Roca, 21 de NOVIEMBRE de 2012.=

Al punto I, agréguese.

Al punto II, autorízase la inscripción de la escritura a nombre de los herederos Gerónima y Oscar Lito Nuñez en la forma descripta y respecto a los inmuebles c) y d) manzana 119 en Lamarque (Río Negro), por intermedio del Escribano Carlos Alfredo León, titular del Registro N° 59 de dicha localidad. Expídase testimonio.-

Delégase en el escribano interviniente la facultad de requerir los respectivos certificados y libres deuda del inmueble cuya autorización se ordena precedentemente.-

Al punto III, téngase presente.

Al otro si digo, téngase presente la conformidad de Caja Forense.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro