Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42155

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-21

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ MONDACA Yolanda Ester S/ EJECUTIVO

Descripción: Sentencia Monitoria

EJECUTIVO: SENTENCIA MONITORIA

//neral Roca, 21 de noviembre de 2012.-g

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados "AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ MONDACA Yolanda Ester S/ EJECUTIVO" (Expte. 42155).-

Atento la incomparecencia del demandado y haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 526 del CPC, désele por reconocido el documento base de esta acción.-

Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 520, 523 y 531 CPCC, corresponde dictar sentencia monitoria. En consecuencia,

FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado YOLANDA ESTER MONDACA, haga al acreedor AVALON CREDITOS PERSONALES S.A íntegro pago del capital reclamado de $ 1.089,02, con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 539 del CPC), regulando los honorarios de FERNANDO ENRIQUE DETLEFS en $ 280.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 7, 8,9,10, 41 ley G 2212 y art. 77 del CPCyC).-

Notifíquese la presente al ejecutado, haciéndole saber que dentro del quinto día podrá oponer las excepciones previstas en el art. 544 CPC, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución (art. 542 CPC).-

Hágase saber a las partes el derecho que le asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (conf. Acord. 112/03 del STJRN).

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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