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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0954/2011
Fecha: 2012-11-19
Carátula: LANZA OSCAR VICENTE Y OTRA C/ ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE VIEDMA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: se reitera prueba- planteo in idoneidad de testigos: prueba - recibe pieza 250 medida cautelar confirmada
EXPTE. Nº 0954/2011
CARATULA: LANZA OSCAR VICENTE Y OTRA C/ ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE VIEDMA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, noviembre de 2.012.-
Proveyendo a fs. 275:
I.- Por denunciado nuevo domicilio. Notifíquese.-
II.- Teniendo en cuenta la excusación formulada por la perito psicóloga a fs. 232 y habiendo sido excluida del listado correspondiente, atento el estado de autos y a los fines de la realización de la pericia psicológica dispuesta a fs. 198 desígnase a la sra. Belén Alvarez Costa, con domicilio en calle José María Guido 602 de Viedma. Notifíquese.-
III.- A los fines solicitados, líbrese nueva cédula de notificación a la Comisaría de Viedma.-
IV.- A los fines peticionados, líbrese nuevo oficio a la Dirección de Personas Jurídicas.-
V.- Atento lo manifestado y peticionado, reitérense los oficios n° 1101 y 1100 a la Dirección General de Rentas y AFIP- Dirección General Impositiva, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 399 del CPCC que a sus efectos se transcribirá.-
Al escrito de fs. 276/277:
Atento la cuestión planteada con relación a la in idoneidad de testigos y atento lo dispuesto en el art. 426 del CPCC, prodúzcase la prueba ofrecida, en consecuencia, a los fines de requerir la información solicitada, líbrense los correspondientes oficios.-
Proveyendo a fs. 278/281:
Agréguense.-
Por devueltas las actuaciones previstas en el art. 250 del CPCC. Atento que no resulta necesario incorporar copias de las presentes actuaciones, desagréguense las fojas 282/347.-
Proveyendo a fs. 368:
No cumpliendo el requisito dispuesto en el art. 56 del C.Pr., a lo solicitado no ha lugar.-
Proveyendo a fs. 369:
Agréguese.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro