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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0552/2012
Fecha: 2012-11-19
Carátula: ANTUAL EUFEMIA DELIA Y OTRO C/ GOMEZ JUAN ISIDRO S/ USUCAPION
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señor: EUFEMIA DELIA ANTUAL, JOSE ANGEL FUENTES - Dres. Alba Schiavi, Silvia Aramburu y Mario Cáccamo
Domicilio: CEFERINO NAMUNCURA 104 CEFERINO NAMUNCURA Nº 104 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ANTUAL EUFEMIA DELIA Y OTRO C/GOMEZ JUAN ISIDRO S/USUCAPION", Expte. Nº 0552/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre 14 de 2.012.-A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia para el día 11 de DICIEMBRE de 2.012 a las 10.30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora: Sres. Abelardo Llanqueleo, Carlos Candela, Gustavo Van Konijnenburg, Rosa Amelia Quijada, Daniel Alberto Biegler y Oscar Alberto Gauna, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 18 de diciembre de 2.012 a las 11.30 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de noviembre de 2012.-
*05TXHO.EM50JK*
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Poder Judicial de Río Negro