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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0767/2008
Fecha: 2012-11-19
Carátula: LLANQUELEO BERNARDO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 24 LEY G 2.212
EXPTE. N° 0767/2008
CARATULA: LLANQUELEO BERNARDO S/ SUCESION AB INTESTATO
En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 19 días del mes de noviembre de 2012, siendo las 11,00 hs., comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, el Dr. Hernan Linares por sí y como apoderado de los herederos del Dr. Conrado Linares, conforme poder que acompaña, la Dra. María Florencia Albarracín letrada apoderada de los sres. Eudora Arminda Llanqueleo, Berta Dina Llanqueleo, Eliseo Oscar Llanqueleo, Alda Yris Llanqueleo y Arcirio Dario Llanqueleo, quienes se domicilian en Valcheta y la Dra. Margarita Graciela Carriqueo letrada apoderada de la sra. Adela Emma Llanqueleo, a la audiencia dispuesta por el art. 24 de la Ley G 2.212. Abierto el acto y luego de dialogar con las partes, manifiestan: que han arribado a un acuerdo respecto de los honorarios de los Dres. Linares compresivo de las tareas y etapas cumplidas en el presente proceso. Así, estipulan los honorarios del Dr. Conrado Linares en la suma de $ 3000 y los del Dr. Hernán Adolfo Linares en la suma de $ 7000, no pudiendo acordar los honorarios de las restantes letradas atento el carácter de apoderadas que invisten. Con lo que terminado el acto, firman los comparecientes previa lectura y ratificación de la presente, por ante mí de lo que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro