Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0329/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-14

Carátula: CEBALLE ERNESTO RAUL C/ MARIGUAN DANIEL EDUARDO S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: ordena restitución fondos

EXPTE. N° 0329/2008

CARATULA: CEBALLE ERNESTO RAUL C/ MARIGUAN DANIEL EDUARDO S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Viedma, noviembre de 2012.-

Agréguese.-

Atento el estado y constancias de autos, procédase a restituir los fondos embargados al peticionante. A tal fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar al sr. Ernesto Raúl Ceballe (DNI nº 13.441.768) a su sola presentación los fondos existentes en la cuenta de autos nº 122027086 en concepto de restitución de fondos, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-

A los fines del levantamiento del embargo ordenado a fs. 106, líbrese oficio al Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro.-

Rosana Calvetti

Juez

Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro