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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42379
Fecha: 2012-11-14
Carátula: GUTIERREZ Ana María S/ AMPARO (Ipross)
Descripción: Informe A RESOLVER Cédulas a FISCAL ESTADO RESOLUCION Cédula a IPROSS Nota
Expte. 42379.-
Sra. Juez:
INFORMO que, habiéndonos comunicado telefónicamente con Ipross-Legales de Viedma el dia 09.11.12, se nos comunicó que el pedido de informe fue recepcionado el día de ayer y se derivó a la Secretaría Legal Técnica, que en el día lunes se estaría enviando la respuesta.-
Asimismo, desde la Fundación Médica de Rio Negro (Cipolletti) se nos informó que el Dr. Beguelin está confeccionando el informe solicitado y que a la brevedad será remitido al Tribunal vía fax.-
Secretaría, de noviembre de 2012.-j
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
Expte. 42379.-
//neral Roca, de noviembre de 2012.-j
Atento los informes recibidos, pasen los presentes A RESOLVER.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO
ALVARO BARROS 328
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GUTIERREZ Ana María S/ AMPARO (Ipross)" (Expte. N* 42379) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 08 de noviembre de 2012.- ... Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales ... Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta... Firmado Dra. Susana T. Burgos.Juez.-"
"General Roca, 14 de noviembre de 2012.- ... RESUELVO: Hacer lugar a la Acción de Amparo promovida en favor de Ana María Gutierrez DNI 16.759.507, con las salvedades evaluadas en los considerandos. Conforme a ello, ordenar que efectuada la presentación de la misma informando el turno obtenido en algunas de las instituciones indicadas por la obra social IPROSS, se proceda por esta última a implementar en forma urgente las diligencias necesarias para que la misma pueda trasladarse vía áerea, con una persona de acompañante atento su estado de salud y pueda lograr en el menor tiempo posible el estudio de evaluación pre-transplante, conforme la derivación realizada por el Dr. Zenon Beguelin.- ... Firmado Dra. Susana T. Burgos. Juez.-"
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
Se adjuntan copias simples del acta de inicio y de la resolución dictada.- ******
Queda Ud. debidamente notificado.-
Gral. Roca, de noviembre de 2012.-
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO
LAPRIDA 212
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GUTIERREZ Ana María S/ AMPARO (Ipross)" (Expte. N* 42379) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente:
"//neral Roca, 08 de noviembre de 2012.- ... Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales ... Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta... Firmado Dra. Susana T. Burgos.Juez.-"
"General Roca, 14 de noviembre de 2012.- ... RESUELVO: Hacer lugar a la Acción de Amparo promovida en favor de Ana María Gutierrez DNI 16.759.507, con las salvedades evaluadas en los considerandos. Conforme a ello, ordenar que efectuada la presentación de la misma informando el turno obtenido en algunas de las instituciones indicadas por la obra social IPROSS, se proceda por esta última a implementar en forma urgente las diligencias necesarias para que la misma pueda trasladarse vía áerea, con una persona de acompañante atento su estado de salud y pueda lograr en el menor tiempo posible el estudio de evaluación pre-transplante, conforme la derivación realizada por el Dr. Zenon Beguelin.- ... Firmado Dra. Susana T. Burgos. Juez.-"
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
Se adjuntan copias simples del acta de inicio y de la resolución dictada.- ******
Queda Ud. debidamente notificado.-
Gral. Roca, de noviembre de 2012.-
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
General Roca, 14 de noviembre de 2012.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados "GUTIERREZ ANA MARIA s/ AMPARO " (Expte. N° 42379-III-12).-
Iniciada la acción de amparo y requeridos los informes como lo dispone el Art. 43 de la Constitución Provincial se llevan a cabo diligencias por el Tribunal para lograr el objeto de la misma.-
A fs.8 se presenta Edgardo Quesada impulsando la acción de amparo en favor de su esposa Ana María Gutierrez, afiliada a IPROSS, en razón que por ser paciente oncológica, tratada por el Dr. Zenón Beguelin ha sido derivada al hospital Italiano con el objeto urgente de lograr una evaluación pre-transplante manifestando que tiene turno para el día 15 de noviembre, que por su delicado estado de salud necesita que el traslado sea vía aérea y con asistencia de un acompañante.-
A fs.23 quedan estos autos a despacho para resolver en virtud de los informes agregados, de los cuales se extrae la respuesta dada por el médico tratante Dr. Zenón Beguelin, quien con amplitud expone sobre la problemática de salud de la amparista a fs.18/20. El mismo informa que el diagnóstico de la Sra. Ana María Gutierrez es mieloma múltiple no secretor con múltiples lesiones en la columna y transcribe su historia clínica. Informa que en este momento debe evaluarse un transplante de médula ósea, este tratamiento de médula prolonga la sobrevida en los pacientes con mieloma múltiple con buena respuesta en la inducción. Aclara que dicho tratamiento no se realiza en la zona y uno de los centros de referencia es el Hospital Italiano de Buenos Aires donde la paciente ya tiene un turno con el Dr. Sergio Specterman para el día 15/11/12 a las 14 horas. Agrega que la demora en la realización de este procedimiento lleva implícito el riesgo de que se reactive la enfermedad y la paciente no esté en condiciones de transplantarse.-
A fs.21/2 responde la obra social IPROSS, indicando que la amparista es afiliada a la obra social, se trata de una paciente oncológica y ha solicitado derivación al Hospital Italiano para una evaluación pre-transplante. Asimismo sostiene que a fin de contar prestadores de alta complejidad en Capital Federal, se ha firmado convenio con Sanatorio Güemes, Fundación Favaloro, hospital Roffo y hospital de Clínicas, siendo instituciones integrales que cubren todas las prestaciones y todas las especialidades médicas.-
El instituto del amparo constituye un procedimiento excepcional, de concesión restrictiva, y sólo viable en aquellos casos de ilegitimidad y arbitrariedad evidentes, que no admite otra vía legal apta. Con la intervención del Tribunal se ha comprobado la magnitud de la problemática de salud de la amparista y la necesidad de dar una urgente respuesta ya que al no brindarle esta alternativa evaluada por el médico tratante a corto plazo, el procedimiento para contener la situación creada, lleva implícito el riesgo de que se reactive la enfermedad y la paciente no esté en condiciones de transplantarse.-
Tomando en cuenta que el Hospital Italiano no está entre los que mantienen convenio con la obra social, en el cual ya se contaba con un turno, se torna imprescindible encauzar los estudios indicados por el médico tratante por uno de los organismos citados por la obra social, quien deberá dar una respuesta urgente para efectivizar el traslado previendo la posibilidad de vialje vía áerea con una persona de compañía en razón del delicado estado de salud, y en forma inmediata a que la paciente efectue su presentación con el turno para una de las instituciones que cita IPROSS.-
En función de ello, procédase a notificar en forma inmediata a los interesados para dar cumplimiento con lo dispeusto en autos.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts.43 y 59 de la Constitución Provincial,
RESUELVO: Hacer lugar a la Acción de Amparo promovida en favor de Ana María Gutierrez DNI 16.759.507, con las salvedades evaluadas en los considerandos. Conforme a ello, ordenar que efectuada la presentación de la misma informando el turno obtenido en algunas de las instituciones indicadas por la obra social IPROSS, se proceda por esta última a implementar en forma urgente las diligencias necesarias para que la misma pueda trasladarse vía áerea, con una persona de acompañante atento su estado de salud y pueda lograr en el menor tiempo posible el estudio de evaluación pre-transplante, conforme la derivación realizada por el Dr. Zenon Beguelin.--
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
IPROSS
Roca 250
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GUTIERREZ Ana María S/ AMPARO (Ipross)" (Expte. N* 42379) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 14 de noviembre de 2012.- ... RESUELVO: Hacer lugar a la Acción de Amparo promovida en favor de Ana María Gutierrez DNI 16.759.507, con las salvedades evaluadas en los considerandos. Conforme a ello, ordenar que efectuada la presentación de la misma informando el turno obtenido en algunas de las instituciones indicadas por la obra social IPROSS, se proceda por esta última a implementar en forma urgente las diligencias necesarias para que la misma pueda trasladarse vía áerea, con una persona de acompañante atento su estado de salud y pueda lograr en el menor tiempo posible el estudio de evaluación pre-transplante, conforme la derivación realizada por el Dr. Zenon Beguelin.- ... Firmado Dra. Susana T. Burgos. Juez.-"
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
Se adjunta copia simple de la resolución dictada.- **********************************
Queda Ud. debidamente notificado.-
Gral. Roca, de noviembre de 2012.-
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
En 14.11.12 el Sr. Edgardo Quesada se notifica de la resolución dictada en autos en el día de la fecha. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro