Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36755

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-12

Carátula: ESTAÑITA María Elena C/ SAN MARTIN Hugo E. y OTRO S/ SUMARIO

Descripción: renuncia poder

//neral Roca, 12 de NOVIEMBRE de 2012.=

Al punto I, agréguese y téngase presente la renuncia al apoderamiento efectuada por los Dres. Justo Emilio Epifanio y Néstor Hugo Reali, hágase saber al firmante que deberá continuar con su gestión conforme lo dispuesto por el art. 53 inc. 2 del CPC. Notifíquese en el domicilio real al demandado para que en el término de diecisiete días de notificado comparezca en autos por sí o por apoderado bajo apercibimiento de continuarse el juicio en rebeldía. Notifiquese a cuyo fin líbrese cédula directa a Buenos Aires.-

Respecto al Dr. Joaquín Nicolás Garro, previo a todo suscriba el escrito y se proveerá

Al punto II, téngase presente la renuncia de patrocinio efectuada por las letradas Laura Fontana e Ivanna Marlene Sühs.

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Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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