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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41489
Fecha: 2012-11-09
Carátula: CERVANTES Antonio y GATICA ESPINOZA Margarita S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULA
//neral Roca, 09 de NOVIEMBRE de 2.012.=
Téngase presente lo manifestado y sin perjuidio de ello, deberá acompañarse al expediente condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones del inmueble.
Regulo por 2 etapas y parte de la 3ra. los honorarios profesionales de la Dra. leonor Fabiola Saez en la suma de $ 24.440.- a cargo de los herederos .- (M.B. $ 182.434,02- fs. 66 y determinación de Rentas a fs. 70arts. 6, 7, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Cada etapa se estimó en $ 10.220.- y parte de la tercera en $ 4.000.-
El monto base se fija de acuerdo a los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones Civil en autos caratulados "Borbalás Antonio y Merlo Secundina s/ Sucesiones" Se.307, 26/07/00.- publicada en J.C.t.20 ,págs. 51/2.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro