Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0954/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-07

Carátula: LANZA OSCAR VICENTE Y OTRA C/ ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE VIEDMA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: provee prueba

EXPTE. Nº 0954/2011.-

CARATULA: LANZA OSCAR VICENTE Y OTRA C/ ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE VIEDMA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-

Viedma, noviembre de 2.012.-

Atento lo dispuesto a fs. 269, provéase la prueba ofrecida por la Asociación Española de Socorros Mutuos de Viedma, a saber:

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

CONFESIONAL:Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- CPCC).-

RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTAL: A los fines del reconocimiento de la documental obrante en la causa por parte de los sres. Hugo Aguiar (fs. 138 y 139) y Jorge R. Paredes (fs. 137), fíjase primera audiencia para el día 21 de noviembre de 2.012 a las 9.30 horas. Notifíquese.-

Teniendo en cuenta que las piezas obrantes a fs. 91 y a fs. 126 resultan ser fotocopias simples, a su reconocimiento no ha lugar.-

PERICIA CIVIL: Deberá estarse a la designación efectuada a fs. 198 y aceptación del cargo realizada a fs. 204.-

En consecuencia, hágase saber al perito actuante sr. José Miguel Vivas que deberá contestar además de los puntos consignados a fs. 198 y vta. los solicitados por la demandada Asociación Española obrante a fs. 144 vta. Notifíquese.-

Tiénese presente el ofrecimiento de consultor técnico de la parte Sr. Juan J. Navarro.-

INSPECCION OCULAR: Tiénese presente para su oportunidad si correspondiere.-

A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia para el día 06 de DICIEMBRE de 2.012 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora: sr. Leandro Damián Markan y por la demandada Asociación: sres. Juan Carlos Montecino, José Luis Perez Fontana, Carlos Néstor D`Astolfo,

Néstor Isidoro Torres, Alberto Pablo Guido Lavalle, Eduardo Agustín López, Arnoldo Eugenio Casarini y Eloy Alvarez, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 13 de diciembre de 2.012 a las 11.00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-

Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-

Asimismo y a los fines del reconocimiento de documental por parte del sr. José María García conforme fuera dispuesto a fs. 197 vta., fíjase nueva audiencia para el día 21 de noviembre de 2.012 a las 9.30 horas. Notifíquese.-

Al pedido efectuado por la demandada a fs. 173 respecto a la documental obrante a fs. 170, en aras del principio de la amplitud de la prueba y en atención al carácter de parte reconviniente, hágase lugar a su incorporación.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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