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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0598/2012
Fecha: 2012-11-07
Carátula: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0598/2012
CARATULA: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, noviembre de 2.012.-
Agréguense las cédulas acompañadas.-
Por presentados, parte a tenor del poder acompañado y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro