Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0598/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-07

Carátula: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: CONTESTA DEMANDA

EXPTE. Nº 0598/2012

CARATULA: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, noviembre de 2.012.-

Agréguense las cédulas acompañadas.-

Por presentados, parte a tenor del poder acompañado y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Tiénese presente la reserva formulada.-

Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro