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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0828/2012
Fecha: 2012-11-02
Carátula: TORRES ZULEMA Y OTRO C/ BAFFONI Y QUADRELLI ANGEL FELIPE Y OTROS S/ USUCAPION
Descripción: aclarar
EXPTE. Nº 0828/2012
CARATULA: TORRES ZULEMA Y OTRO C/ BAFFONI Y QUADRELLI ANGEL FELIPE Y OTROS S/ USUCAPION
Viedma, noviembre de 2.012.-
Tiénese presente la ampliación formulada.-
Toda vez que la divergencia señalada a fs. 38 en la identificación del inmueble apunta a la consignada en el escrito de promoción de la demanda y teniendo en cuenta lo informado por el respectivo registro a fs. 4, al pedido de informe no ha lugar.-
Con relación a la aclaración solicitada respecto a la superficie que pretende prescribir, ella obedece a que en el escrito de demanda se consigna 07ha. 50as. 5,68 m2 (fs. 35) y el plano obrante a fs. 5 está confeccionado a los fines de prescribir 00ha. 95as. 14ca., del remantente de 2ha. 01as 83m2, toda vez que la superficie de 5ha. 48as. 85m2 ya ha sido afectada, en consecuencia, cúmplase en forma precisa con la aclaración formulada.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro