include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0958/2011
Fecha: 2012-11-02
Carátula: MARINAO CLAUDIA ANDREA C/ GALINDO NORA ALBINA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0958/2011
CARATULA: MARINAO CLAUDIA ANDREA C/ GALINDO NORA ALBINA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, noviembre de 2012.-
Proveyendo a fs. 137/138:
Agréguense las cédulas recibidas.-
Atento el estado de autos, tiénese por opuesta excepción a fs. 130/135, de ella y de la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Al escrito de fs. 142/150:
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Proveyendo a fs. 151/153:
Del planteo efectuado córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese en los términos dispuestos por el art. 120 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí previsto.-
Tiénese presente lo demás manifestado.-
E Z
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro