Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 26082/12

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-01

Carátula: MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S QUEJA EN CATEDRAL ALTA PATAGONIA S A S ACCION MERAMENTE DECLARATIVA MEDIDA CAUTELAR S/ QUEJA

Descripción: Medida p/Mejor Proveer

Expte.N°26082/12-STJ-

Señor Presidente Subrogante

-----Como medida para mejor proveer peticiono la interrupción de los plazos para fallar y se requiera a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Viedma, informe a este Tribunal respecto a las resoluciones dictadas a partir del 14 de septiembre de 2012 en autos “Catedral Alta Patagonia s/ acción meramente declarativa - Medida Cautelar”, Expte N° 0006/10.- - -

Vocalía, Viedma de noviembre de 2012.

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

///MA, 01 de noviembre de 2012.-

Acorde lo solicitado por el señor Juez de Tercer voto, interrúmpanse de plazos para fallar y como medida para mejor proveer, requiérase a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Viedma, informe a este Tribunal respecto a las resoluciones dictadas a partir del 14 de septiembre de 2012 en autos “Catedral Alta Patagonia s/ acción meramente declarativa - Medida Cautelar”, Expte N° 0006/10.-

A sus efectos, ofíciese.-

Notifíquese por cédula.-

Fdo.: ENRIQUE JOSÉ MANSILLA PRESIDENTE SUBROGANTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro