Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0703/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-30

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ OLIVARES RICARDO ADRIAN Y OTROS S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: DESALOJO - CON TODOS LOS RECAUDOS

EXPTE. Nº 0703/2011.-

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ OLIVARES RICARDO ADRIAN Y OTROS S/ DESALOJO (Sumarísimo).-

Viedma, octubre de 2.012.-

Atento lo peticionado, constancias de la causa y no habiendo la parte demandada dado cumplimiento con la restitución del inmueble sito en Balneario El Cóndor, conforme lo resuelto en el punto I de la sentencia dictada en autos, dispónese su lanzamiento, bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de girar las actuaciones a la justicia penal. A cuyo fin líbrese el correspondiente mandamiento que será diligenciado por el sr. Oficial de Justicia.-

Asimismo, sin perjuicio de lo aquí dispuesto y a los fines de dar cumplimiento con las directivas de la Observación General Nº 7 del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (CDESC) (conf. args. "BJC s/denuncia usurpación s/casación" Expte Nº 25052/11 STJ) con el objeto de evitar perjuicios mayores que excedan la protección de los derechos que se pretenden asegurar autorízase al sr. Oficial de Justicia a solicitar el acompañamiento de la policía local, quien deberá resguardar a los intervinientes en el acto y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser menester. A tal fin ofíciese.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro