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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0345/2011
Fecha: 2012-10-30
Carátula: MUÑOZ MARIELA ROSALIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: AGREGA ESCRITO de prueba antes de la aud. - sólo ORDINARIO
EXPTE Nº 0345/2011
CARATULA: MUÑOZ MARIELA ROSALIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, octubre de 2012.-
Al escrito de fs. 397/398:
Tiénese presente el escrito de prueba acompañado y póngase el mismo a consideración de la contraparte.-
Proveyendo a fs. 399:
Con respecto al pedido efectuado por la actora a fs. 381, teniendo especialmente en cuenta las razones allí esbozadas y los certificados médicos acompañados, sin perjuicio de lo manifestado por la demandada Horizonte a fs. 387 y en atención a las disposiciones que rigen la audiencia preliminar, teniendo en cuenta además que los apoderados tienen facultades para conciliar, con carácter excepcional hágase lugar a la solicitud efectuada eximiendo a la actora de comparecer personalmente a la audiencia señalada a fs. 374, permitiendo su representación por sus letrados apoderados.-
En consecuencia, al pedido de suspensión de la audiencia preliminar requerido por la demandada a fs. 387 no ha lugar.-
Al escrito de fs. 401/404:
Tiénese presente el escrito de prueba acompañado y póngase el mismo a consideración de la contraparte.-
A los fines de un mejor ordenamiento procesal fórmese tercer cuerpo a partir de fs. 399.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro