Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0870/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-26

Carátula: ACOSTA LUIS EDGARDO C/ ROSSI ANIBAL JAVIER S/ EJECUTIVO

Descripción: RECHAZO PAGARE

EXPTE. Nº 0870/2012

CARATULA: ACOSTA LUIS EDGARDO C/ ROSSI ANIBAL JAVIER S/ EJECUTIVO

Viedma, octubre de 2012.-

Por presentados, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría el original.-

Atento que el documento base de la presente acción carece del lugar específico de creación, recházase la ejecución intentada, conforme lo previsto por los arts. 101 inc. 6º y 102 del decreto ley 5965/63, y devuélvase a su presentante, dejando debida constancia en el referido pagaré y en autos.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha procedí a la reserva de un pagaré original bajo el registro nº A-15/12. Conste.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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