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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0870/2012
Fecha: 2012-10-26
Carátula: ACOSTA LUIS EDGARDO C/ ROSSI ANIBAL JAVIER S/ EJECUTIVO
Descripción: RECHAZO PAGARE
EXPTE. Nº 0870/2012
CARATULA: ACOSTA LUIS EDGARDO C/ ROSSI ANIBAL JAVIER S/ EJECUTIVO
Viedma, octubre de 2012.-
Por presentados, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría el original.-
Atento que el documento base de la presente acción carece del lugar específico de creación, recházase la ejecución intentada, conforme lo previsto por los arts. 101 inc. 6º y 102 del decreto ley 5965/63, y devuélvase a su presentante, dejando debida constancia en el referido pagaré y en autos.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
En igual fecha procedí a la reserva de un pagaré original bajo el registro nº A-15/12. Conste.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro