Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40918

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-26

Carátula: MINIO Beatriz Susana C/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. y Otros S/ ORDINARIO

Descripción: providencia

General Roca, 26 de octubre de 2012.s-

Proveyendo a fs. 543: Agréguese.-

Proveyendo a fs. 544: Al punto I estése a lo planteado en la audiencia acerca de la pureba en informática.-

Al punto II: Atento las constancias de fs. 441 y no habiendo acompañado Volkswagen Argentina S.A. la documentación requerida, se hace efectivo el apercibimiento dispuesto por el artículo 388 del CPC, última parte.-

Téngase presente el domicilio denunciado en el punto III y respecto de Vilal, estése a la declaración de fs. 559.-

Al punto IV: Estése a la presentaciónd e fs. 545.-

Líbrese nuevo oficio a la Dirección de Comercio Interior de General Roca y Neuquén, en iguales condiciones al obrante a fs. 487.-

Proveyendo a fs. 545: Hágase saber lo manifestado a las partes.-

Oportunamente, concédese el préstamo solicitado.-

Proveyendo a fs. 546: De la impugnación realizada, traslado a la perito psicóloga. Not.-

Proveyendo a fs. 554: Agréguese.-

Agréguese el oficio acompañado a fs. 555 y deposítese nuevamente la documentación original de fs. 173 a 187 en Caja Fuerte.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro