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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40918
Fecha: 2012-10-26
Carátula: MINIO Beatriz Susana C/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. y Otros S/ ORDINARIO
Descripción: providencia
General Roca, 26 de octubre de 2012.s-
Proveyendo a fs. 543: Agréguese.-
Proveyendo a fs. 544: Al punto I estése a lo planteado en la audiencia acerca de la pureba en informática.-
Al punto II: Atento las constancias de fs. 441 y no habiendo acompañado Volkswagen Argentina S.A. la documentación requerida, se hace efectivo el apercibimiento dispuesto por el artículo 388 del CPC, última parte.-
Téngase presente el domicilio denunciado en el punto III y respecto de Vilal, estése a la declaración de fs. 559.-
Al punto IV: Estése a la presentaciónd e fs. 545.-
Líbrese nuevo oficio a la Dirección de Comercio Interior de General Roca y Neuquén, en iguales condiciones al obrante a fs. 487.-
Proveyendo a fs. 545: Hágase saber lo manifestado a las partes.-
Oportunamente, concédese el préstamo solicitado.-
Proveyendo a fs. 546: De la impugnación realizada, traslado a la perito psicóloga. Not.-
Proveyendo a fs. 554: Agréguese.-
Agréguese el oficio acompañado a fs. 555 y deposítese nuevamente la documentación original de fs. 173 a 187 en Caja Fuerte.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro