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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 20952/06
Fecha: 2006-03-31
Carátula: SALES RICARDO S/ RECURSO DE AMPARO
Descripción: Rechazo-ced.of..-
Expte. N°20952/06-STJ-
///MA, 31 de marzo de 2006.-
-----Tiénese presente lo manifestado por el Dr.Gaspar Alejandro Platino.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Por recibido el Expte.N° 241/130/01, agréguese por cuerda .- -----Habiéndose tenido a la vista los autos precitados, y advirtiéndose que existe una impugnación respecto a la notificación de la sentencia que desestimó el Recurso Extraordinario Federal allí deducido (cf. fs. 984) y no siendo ésta la vía idónea para impugnar trámites procesales, los que deben sustanciarse en la causa principal, corresponderá el rechazo de lo peticionado a fs. 1/4 por improcedente.- - - - - - -----Por Secretaría procédase a la devolución de los autos de marras a la Cámara de origen.- - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Notifíquese y archívense las presentes actuaciones.- - - - -
Fdo.: LUIS LUTZ PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro