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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41653
Fecha: 2012-10-24
Carátula: RAMIREZ Maria Antonia S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: A Rentas///deja sin efecto//
General Roca, 24 de octubre de 2012.s-
Advirtiendo en estado que no se ha corrido el traslado dispuesto por el artículo 81 del C.P.C., a fin de evitar nulidades, déjese sin efecto el autos para resolver de fs. 39.-
De las pruebas producidas, traslado a las partes por el término de cinco días (art. 81 del C.P.C.).-
Pasen las presentes actuaciones en vista a Rentas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro