Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41653

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-24

Carátula: RAMIREZ Maria Antonia S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: A Rentas///deja sin efecto//

General Roca, 24 de octubre de 2012.s-

Advirtiendo en estado que no se ha corrido el traslado dispuesto por el artículo 81 del C.P.C., a fin de evitar nulidades, déjese sin efecto el autos para resolver de fs. 39.-

De las pruebas producidas, traslado a las partes por el término de cinco días (art. 81 del C.P.C.).-

Pasen las presentes actuaciones en vista a Rentas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro