include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1218/2010
Fecha: 2012-10-23
Carátula: BANCO NACION ARGENTINA C/ ANDRIA HORACIO OMAR Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: ESTESE-REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA
EXPTE. Nº 1218/2010
CARATULA: BANCO NACION ARGENTINA C/ ANDRIA HORACIO OMAR Y OTRA S/ EJECUTIVO
Viedma, octubre de 2.012.-
Al escrito de fs. 334: Estése a lo dispuesto a fs. 281.-
Proveyendo el escrito precedente: Agréguese. Atento lo solicitado y el estado de las presentes actuaciones, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Fabio Hernán Cygiel y Mariela Barrionuevo, en forma conjunta por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 1.234. Coef. 1/3 del 11 % y 40 %. M.B.: $ 24.029,30 (arts. 7, 9, 40 y 49 ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
Trábase embargo sobre el saldo remanente existente en autos, hasta cubrir la suma de $ 1.295 en concepto de honorarios y aporte a Caja Forense, con más la suma de $ 130 presupuestada provisoriamente para intereses y costas.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro