Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38803

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-23

Carátula: RIMOLDI Roberto Jorge S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: previo

General Roca, 23 de octubre de 2012.s-

Habiendo firmado el escrito de fs. 165/6 una sola persona, aclare si la misma es de Sebastián Rimoldi o de Liliana Juana Salazar y hágase saber que deberá estar suscripto por todos los herederos.-

No constando en el poder acompañado, la facultad para realizar la partición de los bienes denunciados en autos, acredite tal circunstancia en debida forma o ratifiquen el mismo.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro