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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00445-052-12
N° Receptoría: H-3BA-12-C2012
Fecha: 2012-10-19
Carátula: AGUERO, FEDERICO ROMAN / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ AMPARO
Descripción: INTERLOCUTORIA
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:00445-052-12
Tomo:
Interlocutorio:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 17 días del mes de Octubre de dos mil doce reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres. Edgardo J. Camperi, Carlos M. Salaberry y Juan A. Lagomarsino, luego de haberse impuesto individualmente de esta causa caratulada: "AGUERO, FEDERICO ROMAN C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ AMPARO", expte. nro. 00445-052-12 (Reg. Cám.), y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden establecido en el sorteo practicado a fs. 56vta., respecto de la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?.
A la cuestión planteada el dr. Salaberry dijo:
1.- Vienen estos autos al acuerdo con motivo del pedido de regulación de honorarios efectuado a fs. 55vta. por la representante de la Caja Forense.
2.- Atento al estado de la causa y lo dispuesto por la ley arancelaria en vigencia corresponde acceder a lo solicitado, y en consecuencia regular los honorarios profesionales de los dres. Rodrigo García Spitzer y Lucas Eduardo Gattás, letrados apoderados de la actora, en conjunto, en $ 726 (3 jus). MI VOTO.
A la misma cuestión el dr. Camperi dijo:
Por iguales fundamentos a los expresados en su voto por el dr. Salaberry, adhiero.-
A igual cuestión el dr. Lagomarsino dijo:
Atento a la coincidencia de criterios de los sres. Vocales preopinantes, me abstengo de emitir opinión (art. 271 del CPCC.).-
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1) Hacer lugar al pedido de fs. 55vta, regulando los honorarios profesionales de los dres. Rodrigo García Spitzer y Lucas Eduardo Gattás, letrados apoderados de la actora, en conjunto, en la suma de Pesos Setecientos Veintiséis ($ 726) (3 jus).-
2) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido. Estése al archivo ordenado a fs. 47.
mlh
Carlos M. Salaberry Edgardo J. Camperi Juan A. Lagomarsino
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro