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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 26001/12
Fecha: 2012-10-16
Carátula: STAGNARO MIRTA VIDELA MARIA LUISA S/ AMPARO
Descripción: Amparo Colectivo 2779
Expte. N°26001/12-STJ-
///MA, 16 de octubre de 2012.-
-----Por contestada la vista conferida a fs.99.-
-----Acorde el dictamen Nº 129/12 de la Sra.Procuradora General, corresponde encuadrar la presente acción de amparo en los términos de la Ley B Nº 2779.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -----En los términos del arts.12 y 13 de la Ley citada y 43 de la Constitución Provincial, requiérase al señor Gobernador de la Provincia de Río Negro y a la Secretaría de Medio Ambiente un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de cinco (5) días, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04).-(arts. 9, 14 y cc. de la Ley Provincial N* 2779).- - - - - - - - - - - - - - - -
-----Intimar a las amparistas a presentar en el plazo de cinco (5) días el texto de edictos del art. 15 de la Ley Provincial Nº 2779 para publicar a su costa en el diario "RIO NEGRO".- - - - - -----Notifíquese por cédula al señor Gobernador, a la Secretaria de Medio Ambiente y al señor Fiscal de Estado de la Provincia, con entrega de copias de la acción deducida.- - - - - - - - - - - -----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - - --
Fdo.VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro