Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0077/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-16

Carátula: GEOMINERA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO

Descripción: SENTENCIA. MODELO INTERLOCUTORIO

Viedma, de octubre de 2012.-

VISTOS: Los presentes autos caratulados: "GEOMINERA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO" Expte. N° 0077/2011, traídos a despacho para resolver; y

CONSIDERANDO:

1.- Que a fs. 412/4215 se presentó Geominera S.A, por medio de apoderado y efectuó, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 36, 43 y 44 de la Ley de Concursos y Quiebras, la propuesta de acuerdo preventivo dirigida a los acreedores declarados verificados y admisibles en el presente proceso concursal. Posteriormente, a fs. 421/499 acompañó las conformidades logradas y manifestó haber logrado las mayorías necesarias, razón por la que solicitó que se dicte resolución conforme a derecho.-

2.- Que para analizar el presente caso se debe recurrir a las disposiciones previstas en los arts. 43, 45, 49, 50, 52, 57 y concordantes de la Ley de Concursos y Quiebras.-

3.- Que en ese orden se debe tener en cuenta que en el caso la concursada ha logrado que las mayorías necesarias acepten la propuesta realizada sumando ambas propuestas (A y B). A ello debe agregarse que el norte de los procesos de concursamiento ha de ser mantener en funcionamiento la empresa concursada y tender a lograr su normalización desde lo económico y financiero. Así, toda vez que la propuesta de acuerdo preventivo presentada por la concursada cumple en lo sustancial con los recaudos legales señalados en el considerando anterior, de conformidad con lo dispuesto en el art. 52 de la citada norma legal, cabe su homologación.-

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

I.- Homologar las propuestas de acuerdo preventivo presentadas por Geominera S.A. a fs. 412/415.-

II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro