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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00465-054-12
N° Receptoría: C-3BA-9-CC2012
Fecha: 2012-10-16
Carátula: QUETRIHUE S.A. / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Déjese sin efecto clausura
Expte. nro.: 00465-054-12
San Carlos de Bariloche, 16 de octubre de 2012.-
Exhibiéndose la condición a la cual se encuentran supeditadas las medidas cautelares, esto es la verosimilitud del derecho, y sin perjuicio de lo que pueda llegar a sostenerse al momento de fallar, suspender la orden de clausura dispuesta en la Sentencia nro. 79025-2011 dictada por la sra. Juez de Faltas Municipal, en el expediente nro. 965623-Q-2010. todo bajo caución juratoria.
EDGARDO JORGE CAMPERI
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro