include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 16367-182-11
Fecha: 2012-10-15
Carátula: CORTI CECILIA ANDREA / MOLINA MARIA ALEJANDRA S/ ORDINARIO
Descripción: ACLARATORIA
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:16367-182-11
Tomo: II
Sentencia:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 9 de Octubre de 2012.
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CORTI CECILIA ANDREA C/ MOLINA MARIA ALEJANDRA S/ ORDINARIO", expte. nro. 16367-182-11 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Carlos María Salaberry y Juan Lagomarsino, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que en el último considerando y en el primer punto de la parte resolutiva de la resolución obrante a fs. 292/295 se ha incurrido en un error material al citar la foja de uno de los recursos interpuestos, ya que donde dice "rechazar los recursos interpuestos a fs. 185 y fs. 287..." debió decir "rechazar los recursos interpuestos a fs. 185 y fs. 267".
- - -Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - -RESUELVE: I) ACLARAR que la resolución obrante a fs. 292/295 en los presentes autos, donde dice "rechazar los recursos interpuestos a fs. 185 y fs. 287..." debió decir "rechazar los recursos interpuestos a fs. 185 y fs. 267".-
- - -II) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente vuelvan las presentes actuaciones a la instancia de origen.-
EDGARDO JORGE CAMPERI JUAN LAGOMARSINO CARLOS MARIA SALABERRY
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro