Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0487/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-10

Carátula: 7 DE MARZO S.R.L. C/ CRICELLI DOMINGO S/ EJECUTIVO

Descripción: CONTESTA TRASLADO - RECHAZO DE PRUEBAS

EXPTE. Nº 0487/2012

CARATULA: 7 DE MARZO S.R.L. C/ CRICELLI DOMINGO S/ EJECUTIVO

Viedma, octubre de 2012.-

Por contestado el traslado conferido.-

Atento el estado de autos y lo dispuesto por el art. 549 del CPCC, teniento en cuenta las posturas sustentadas por las partes, en especial que la parte demandada reconoció la autoría de la firma inserta en el pagaré que se ejecuta, como asimismo en atención a las características propias del título en cuestión y toda vez que las medidas de prueba ofrecidas por las partes se presentan sin utilidad suficiente a los fines de la dilucidación de la defensa articulada, en orden al proceso cognoscitivamente limitado de que se trata, a ellas no ha lugar.-

Rosana Calvetti

Juez

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