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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36970
Fecha: 2006-03-30
Carátula: DIRECCION GRAL RENTAS C/CANIL Nelida Haydee S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion.a Resolver.-
//neral Roca, 30 de MARZO de 2006.-
Proveyendo el escrito de fs.160 y fs.l64, agréguese los depósitos acompañados y de los mismos traslado.-
Regulo los honoarios del Sr.Angel Sergio Del Agua por las tareas realizadas, hasta la fecha, en la suma de $ (MB:$ 2104 -depósito de fs. l59 y fs. 162 arts. 27 inc.K Ley 2071).-
Sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 27 inc. K Ley 2051 en el caso, atento el monto que requiere la medida, se entiende que deberá morigerarse y fijarse en el 7 % de lo recaudado a fin que la retribución sea acorde a lo demás profesionales en etapa de ejecución de sentencia (art.40 Ley 22l2).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella.-
Notififíquese.-
Proveyendo el escrito de fs. l6l,habiendose agregado la cédula cuya constancia de libramiento luce a fs. 125, téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido en la mencionada foja por la demandada.
Pasen los presentes a RESOLVER.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro