Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37373

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-30

Carátula: COPERATIVA CREDILALLEN LTDA. C/ CHOIMAN Jorge S/ Ejecución de Sentencia

Descripción: inicio

General Roca, 30 de Marzo de 2006.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Trábese embargo sobre el bien denunciado, por las suma de $726,69.- en concepto de capital, con más la suma de $ 300.-que se calculan para costas.-

Para su cumplimiento librese oficio a la empleadora, Sr. Pennesi Roberto de Allen, haciéndole saber que deberá descontar dichas sumas en el porcentaje de ley de los haberes que tenga que percibir el ejecutado y depositarlos en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A., sucursal General roca.-

Oportunamente notifìquese al demandado.-

Tengase presente la persona facultada para su diligenciamiento.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa en relación a tereceros, a la publicación de sus datos personales por internet. (Conf. Acord.112/03 de STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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