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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35748
Fecha: 2006-03-30
Carátula: Coop. FARO Ltda. C/SANCHEZ Héctor R. S/ Sumario
Descripción: inicia ejec.de sentencia.-
//neral Roca, 30 de Marzo de 2006.-
Al punto 1, en atención a lo solicitado y estado de autos, téngase por iniciada ejecución de sentencia contra el demandado Sr. HECTOR RAMON SANCHEZ.-
Al punto 2, agréguese.-
Al punto 3 y 4, téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre los haberes que tenga a percibir el demandado SR. HECTOR RAMON SANCHEZ en la Empresa OSCAR DANIEL PIERUCCI con domicilio en Jose Rosas 345 de la ciudad de Neuquen,a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese el pertinente oficio, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 1.623,04 en concepto de capital de sentencia con más la suma de $ 650 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado y cíteselo de venta por el término de cinco dias.-NOTIFIQUESE a cuyo fín líbrese cédula.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro