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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0450/2005
Fecha: 2006-03-29
Carátula: TAGLIANI JUAN ELVIDIO C/ ALANIZ HECTOR ALBERTO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR
Descripción: PROVIDENCIA SUSANA
EXPTE. Nº: 0450/2005.-
CARATULA: "TAGLIANI JUAN ELVIDIO C/ ALANIZ HECTOR ALBERTO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR".-
Viedma, marzo de 2006.-
Por presentados, parte y con domicilio ya constituido. Cúmplase con la notificación ordenada a fs. 76.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
s.b.s.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro