Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0475/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-04

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ PAZOS ERLA GLADYS S/ EJECUTIVO

Descripción: REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA CON TOPE nuevo 2010

EXPTE. Nº 0475/2011

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ PAZOS ERLA GLADYS S/ EJECUTIVO

Viedma, octubre de 2.012.-

Agréguese.-

Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del C. Pr. y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. María Marcela Savioli por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 750. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

En consecuencia, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada Sra. ERLA GLADYS PAZOS (DNI Nº 12.482.588) como empleada de la ANSES hasta cubrir la suma de $ 740 en concepto de honorarios regulados, con más la suma de $ 74 presupuestado provisoriamente para responder por costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empleadora, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma-.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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