Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0609/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-03

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ MARTINEZ HUGO RAUL S/ EJECUTIVO

Descripción: HON.EJEC.C/ TOPE-50%

EXPTE. Nº 0609/2008

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ MARTINEZ HUGO RAUL S/ EJECUTIVO

Viedma, octubre de 2012.-

Atento lo manifestado, peticionado, las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del C. Pr. y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Mariana I. Drago por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 375 (50 % de $ 750). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Rosana Calvetti

Juez

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