Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40916

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-02

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ TORRES Gladis Estela S/ EJECUTIVO

Descripción: multa empleadora

General Roca, 02 de octubre de 2012.s-

Agréguese.-

Atento las constancias de fs. 50, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del C.P.C, corresponde la aplicación a Gobierno de la Provincia de Río Negro,. un multa diaria de $ 150, por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación y hasta tanto dé cumplimiento efectivo con el oficio de embargo, hasta el tope de la suma que omita embargar. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Viedma.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro