Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0323/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-10-01

Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: contesta - provee prueba

EXPTE. N° 0323/2012

CARATULA: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL

Viedma, octubre de 2012.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 83.-

Atento el estado de autos, en atención a las posturas sustentadas por las partes y conforme lo prevee el art. 549 del CPCC, prodúzcase la prueba ofrecida y que sea conducente para la dilucidación de la causa a saber:

Informativa: líbrese oficio al Boletin Oficial para que remita boletin oficial nº 2949/92, ó en su defecto copias certificadas. Ofíciese.-

Plazo de prueba: 20 días.-

Rosana Calvetti

Juez

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