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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0158/2008
Fecha: 2012-10-01
Carátula: MARTINEZ GIMENEZ EDUARDA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
C É D U L A
Señor: Eduarda Martinez Gimenez y Dres. Guerino A. Curzi, José A. Sánchez y Alejandro R. Buckland
Domicilio: Basilia Villarino 450 P.B. - (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MARTINEZ GIMENEZ EDUARDA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRO S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0158/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, septiembre 25 de 2.012.- VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: -.I. Desestimar la demanda interpuesta a fs. 71/90 por la Sra. Eduarda Martínez Giménez contra la Provincia de Río Negro y el Sr. Fernando Delgado Del Águila.- -.II. Imponer las costas a la parte actora (art. 68 ap. 1º CPCC) con el alcance del beneficio de litigar sin gastos concedido a su favor.- -.III. Regular los honorarios del Dr. Cosme Andrés Nacci en la suma de $ 93.408 (coef. 12 % + 40 %), los de la Dra. Patricia Ariela Falca en la suma de $ 93.408, (coef. 12% + 40%) los de los Dres. Guerino Angel Curzi, José Antonio Sánchez y Alejandro Ricrado Buckland, en conjunto, en la suma de $ 62.272 (coef. 8 % + 40 %) y los del perito médico Dr. Jorge Boland en la suma de $ 5.500 -MB: $ 556.000. Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.- -.IV. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, octubre de 2.012.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
*05TXHO.6F10C2*
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Poder Judicial de Río Negro