Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16443-204-12

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-28

Carátula: BOTTAZZI CARLOS / BOOCK BEATRIZ Y OTROS S/ EJECUCION PRENDARIA

Descripción: INTERLOCUTORIA

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:16443-204-12

Tomo:

Interlocutorio:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 25 días del mes de Septiembre de dos mil doce reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres. Edgardo J. Camperi, Carlos M. Salaberry y Juan A. Lagomarsino, luego de haberse impuesto individualmente de esta causa caratulada: "BOTAZZI, CARLOS C/ BOOCK, BEATRIZ Y OTROS S/ EJECUCION PRENDARIA", expte. nro. 16443-204-12 (Reg. Cám.), y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden establecido en el sorteo practicado a fs. 493, respecto de la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?.

A la cuestión planteada el dr. Salaberry dijo:

1.- Vienen estos autos al acuerdo en virtud del pedido de fs. 490 efectuado por los letrados patrocinantes de la actora, de que se les regulen sus honorarios profesionales. Atento a lo dispuesto por la ley arancelaria, corresponde acceder a lo solicitado. Consecuentemente, propongo regular los honorarios profesionales de los letrados intervinientes por su actuación en segunda instancia, de la siguiente manera: a los dres. Roberto Stella y Martín Grebenar, patrocinantes de la actora (en conjunto) en el 25% de lo que se regule en la instancia de origen, y a la dra. Verónica Merli, apoderada de la demandada, en el 25% sobre la misma base (art. 15 L.A.).

A la misma cuestión los dres. Camperi y Lagomarsino dijeron:

Por iguales fundamentos a los expresados en su voto por el dr. Salaberry, adherimos.-

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

I) Regular los honorarios profesionales de los letrados intervinientes por su actuación en segunda instancia, de la siguiente manera: a los dres. Roberto Stella y Martín Grebenar, patrocinantes de la actora (en conjunto) en el 25% de lo que se regule en la instancia de origen y a la dra. Verónica Merli, apoderada de la demandada en el 25% sobre la misma base.

2) Registrar y protocolizar lo aquí resuelto, disponiendo que vuelvan los presentes a su instancia de origen para notificaciones y demás efectos.

mlh

Carlos M. Salaberry Edgardo J. Camperi Juan A. Lagomarsino

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

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