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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0053/2007
Fecha: 2012-09-27
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SALAZAR NORMA RUTH Y OTRO S/ SUMARISIMO
Descripción: MINUTA se devuelve no corresponde
EXPTE Nº 0053/2007
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SALAZAR NORMA RUTH Y OTRO S/ SUMARISIMO
Viedma, septiembre de 2.012.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que conforme el trámite impreso a estas actuaciones la prueba debe ofrecerse con la demanda y contestación conforme lo dispone el art. 486 del CPCC en su inciso 3), corresponde proceder a la devolución del escrito de ofrecimiento de prueba de la parte actora.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
En fecha 26/09/12 siendo las 9,50 hs. la parte actora mediante apoderado presenta escrito "Presenta minuta de prueba" el que se devuelve conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-
SECRETARIA, septiembre de 2.012.-
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Poder Judicial de Río Negro