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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40561
Fecha: 2012-09-27
Carátula: ALBORNOZ Mario Hector C/ COLICHEO Rosa S/ EJECUTIVO
Descripción: embargo
//neral Roca, 27 de SEPTIEMBRE de 2012.=
Previo a lo peticionado, denúnciese concretamente la repartición donde se ordenará el embargo.
Fecho líbrese oficio a la misma a fin de que trabe embargo sobre los montos a percibir por la demandada en cualquier concepto -sueldo, horas extras, participaciones, comisiones, sumas no remunerativas, -en caso de haberes en el porcentaje de ley-, hasta cubrir las sumas de $9.116,38.- (capital de fs. 18 menos los retiros efectuados a fs. 35, 45, 48, 56, 59, 62, 65 y 68) en concepto de capital con más la de $ 4.600.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA..
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro