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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1814/01/6
Fecha: 2006-03-28
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ ALBANO MARIO ESTEBAN S/ EJECUTIVO
Descripción: COBRO POR EL BANCO (solito)
EXPTE. N° 1814/01/6
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ ALBANO MARIO ESTEBAN S/ EJECUTIVO
Viedma, marzo de 2006.-
Por presentado, parte y domiciliado.-
Atento lo peticionado, constancias de autos (fs. 65/68) y a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 755,35 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, a cuyo fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro