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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0066/2012
Fecha: 2012-09-25
Carátula: CALLEJA MARTIN NICOLAS C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y AUTOCONSTRUCCION HOUSE VIAL LIMITADA Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: en este estado no ha lugar.
EXPTE. Nº 0066/2012
CARATULA: CALLEJA MARTIN NICOLAS C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y AUTOCONSTRUCCION HOUSE VIAL LIMITADA Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, septiembre de 2.012.-
Atento las razones expuestas y a los fines de merituar la viabilización de lo solicitado, informe la Actuaria el estado procesal y cumplido ello vuelvan.-
Rosana Calvetti
Juez
Señora Juez:
Conforme lo peticionado informo a Ud. que en los exptes. nº 97/12, 702/11, 103/12 y 90/12 se ha dispuesto citar a la demandada House Vial por edictos, en los demás consignados todavia no se lo ha requerido. Es cuanto puedo informar.-
Secretaria, septiembre de 2.012.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, septiembre de 2.012.-
Atento lo informado por la Actuaria, a lo solicitado respecto a la publicación de edictos consignando todos los expedientes, en este estado no ha lugar, debiendo en consecuencia ocurrir en cada causa solicitando la citación correspondiente.-
Sin perjuicio de ello y teniendo en cuenta el domicilio de la demanda que se pretende notificar, a la modificación del diario en que se debe publicar los edictos no ha lugar, como asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la acción a la reducción de dichas publicaciones no ha lugar.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro