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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0689/2011
Fecha: 2012-09-25
Carátula: BANCO PATAGONIA S.A. C/ RIAL ATILIO OMAR S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0689/2011.-
CARATULA: BANCO PATAGONIA S.A. C/ RIAL ATILIO OMAR S/ EJECUTIVO.-
Viedma, septiembre de 2.012.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el accionado tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto, siempre y cuando dichos fondos no provengan del pago de haberes del demandado, ya sea tanto como activo o pasivo, en los Bancos: Nación Argentina, Macro, HSBC Bank, Galicia y Buenos Aires, Francés, Credicoop, Provincia del Neuquén, Provincia de Buenos Aires, Patagonia SA, Santander Río, City (City Bank), Itaú, Standard Bank, Columbia y La Pampa, hasta cubrir la suma de $ 6.555,69 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 516 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro