Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0833/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-25

Carátula: ALVAREZ REYNOLDS MATIAS MARCELO Y OTRO C/ ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO

Descripción: declara negl prueba contable - JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA

EXPTE. Nº 0833/2008.-

CARATULA: ALVAREZ REYNOLDS MATIAS MARCELO Y OTRO C/ ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO.-

Viedma, septiembre de 2.012.-

Atento lo peticionado, no habiendo contestado la contraria el traslado conferido ni instado la producción de la prueba pericial contable, encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 214 y de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicho medio probatorio.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro