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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0833/2008
Fecha: 2012-09-25
Carátula: ALVAREZ REYNOLDS MATIAS MARCELO Y OTRO C/ ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: declara negl prueba contable - JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA
EXPTE. Nº 0833/2008.-
CARATULA: ALVAREZ REYNOLDS MATIAS MARCELO Y OTRO C/ ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO.-
Viedma, septiembre de 2.012.-
Atento lo peticionado, no habiendo contestado la contraria el traslado conferido ni instado la producción de la prueba pericial contable, encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 214 y de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicho medio probatorio.-
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro