Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0766/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-21

Carátula: LIZAMA ALVAREZ ERICA PATRICIA C/ ORTIZ ISIDRO PATRICIO S/ ORDINARIO

Descripción: PREVIO A PROVEER QUE TRAIGA CONSTANCIA DEL JUZG. PAZ

EXPTE. Nº: 0766/2012.-

CARATULA: LIZAMA ALVAREZ ERICA PATRICIA C/ ORTIZ ISIDRO PATRICIO S/ ORDINARIO.-

Viedma, septiembre de 2012.-

Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría el DVD.-

Teniendo en cuenta lo manifestado en el escrito a despacho, hágase saber que previo a todo deberá acompañarse constancia de tramitación del beneficio de litigar sin gastos por ante el Juzgado de Paz (conf. art. 83 del C. Pr.), debiendo en su oportunidad presentar copia certificada o testimonio de la resolución que recaiga en dichas actuaciones (conf. art. 63 ley 2430 -modif. ley 3780, art. 2° inc. f-).-

Con respecto al ofrecimiento de documental en el expediente 426/12 y teniendo en cuenta que las actuaciones tienen una tramitación independiente y separada, a la agregación solicitada no ha lugar, haciéndose saber que deberá acompañar la documental que estime corresponder debiendo ocurrir en la causa mencionada.-

Surgiendo de lo manifestado en el escrito de demanda el fallecimiento del sr. Ortiz, hágase saber que deberá denúnciar el nombre y domicilio de sus presuntos herederos (conf. art. 330 inc. 2 del C.Pr.).-

Cumpla el profesional interviniente con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Hágase saber que la Dra. Rowe no ha suscripto el escrito.-

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha he procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro L-27/12. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro