Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0904/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-21

Carátula: ADRIAN MARGARIDE S.A. C/ COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION, RURALES LIBERTAD OBRERA S/ EJECUTIVO

Descripción: estarse - librar oficio

EXPTE. Nº : 0904/2011

CARATULA: ADRIAN MARGARIDE S.A. C/ COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION, RURALES LIBERTAD OBRERA S/ EJECUTIVO

Viedma, septiembre de 2012.-

Atento lo dispuesto en el día de la fecha en el Expte. nº 0643/2011 y no obrando fondos remanentes en dichas actuaciones, deberá estarse al cumplimiento del embargo decretado a fs. 29 u ofrecerse otros bienes a embargo.-

En consecuencia, líbrese oficio al Consejo Escolar de Carmen de Patagones a los fines de hacer saber la cuenta y CBU de estas actuaciones donde debe efectuar los depósitos del embargo decretado en autos.-

A.P.

Rosana Calvetti

Juez

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