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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37291
Fecha: 2012-09-21
Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA C/ SANCHEZ Francisco R. y otra S/ EJECUTIVO
Descripción: Aprueba y ordena pago x sec.
Expte. 37291.-
//neral Roca, 21 de septiembre de 2012.-j
Téngase presente la conformidad prestada por el letrado de la parte demandada.-
En consecuencia, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 638 y vta. por la suma de $9.265,59 por capital y $1.250,43 por hoorarios Dr. Gimenez, ambas al 23/08/12.-
Atento el estado de autos, lo solicitado a fs. 638 vta. y depósito de fs. 628, líbrese oficio al Banco Patagonia a fin de que abone directamente al Dr. JUAN CARLOS GIMENEZ (LE 4.954.152) la suma de $1.250,43 en concepto de: total de liquidación aprobada precedentemente por honorarios; y a su vez transfiera a la cuenta Nro. 900001239 de la sucursal Villa Regina y perteneciente a la MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA la suma de $ 9.265,59 en concepto de: total de liquidación aprobada precedentemente por capital.-
Se deja constancia que la cuenta de autos es la Nro. 220012898.-
Regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Juan C. Gimenez en $ 588.- y del Dr. Fernando E. Detlefs en $ 250.- (MB: $10.544,55 -total de liquidación saldada-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro