Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31964III

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-21

Carátula: BANCO BANSUD S.A. C/ AEDO Hector y otros S/ EJECUTIVO

Descripción: regulacion

General Roca, 21 de septiembre de 2012.-g

Proveyendo a fs. 316: Téngase presente la conformidad prestada por el Dr. Fabrizio Bertolino.-

Proveyendo a fs. 317: al punto I, téngase presente.-

Al punto II, regulo los honorarios por acrecidos del Dr. EDUARDO E. SAINT MARTIN en la suma de $ 1.300.- (MB: $ 24.198,41 extracciones realizadas en autos). Por las actuaciones de fs. 88 y 93, regulo los honorarios del Dr. VICTOR DANIEL VALENCIA en la suma de $ 300.- por las actuaciones de fs.125/34 regulo los honorarios del Dr. SERGIO CLAUDIO SCHROEDER en en $300.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla (arts, 6, 7, y 41 Ley 2212 RN).-

Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Al punto III, previo a lo solicitado cúmplase con el párrafo que antecede.-

Al punto IV, concédase el préstamo solicitado por el término de DOS días.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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